20 de abril de 2025Legal

Obligaciones Fiscales para Autónomos en España: Guía Completa

Importante: Esta guía tiene carácter informativo y está actualizada a mayo de 2025. La normativa fiscal puede cambiar, por lo que te recomendamos consultar siempre la web oficial de la Agencia Tributaria para la información más actualizada.

Obligaciones fiscales principales

Como autónomo en España, debes cumplir con una serie de obligaciones tributarias periódicas. Estas son las principales:

ObligaciónModeloPeriodicidadPlazo de presentación
Pagos fraccionados IRPF130 / 131Trimestral1-20 abr, jul, oct, ene
Declaración de IVA303Trimestral1-20 abr, jul, oct, ene
Resumen anual IVA390Anual1-30 enero
Declaración de la Renta100AnualAbril - Junio
Operaciones con terceros347AnualFebrero
Retenciones IRPF111/115Trimestral1-20 abr, jul, oct, ene

Detalle de cada obligación fiscal

1. Pagos fraccionados IRPF (Modelo 130/131)

Son anticipos trimestrales a cuenta del IRPF anual. Existen dos modalidades:

  • Modelo 130 (Estimación Directa): Se calcula en base a tus ingresos y gastos reales.
  • Modelo 131 (Estimación Objetiva): Se calcula aplicando unos módulos o índices.

Acceso: Modelo 130 en la Sede Electrónica

2. Declaración de IVA (Modelo 303)

Liquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido. Declararás:

  • IVA repercutido a tus clientes
  • IVA soportado en tus compras y gastos
  • Diferencia a ingresar o a devolver/compensar

Acceso: Modelo 303 en la Sede Electrónica

3. Resumen anual de IVA (Modelo 390)

Resumen informativo anual que recoge todas las operaciones realizadas durante el año. No sustituye a las declaraciones trimestrales sino que las complementa.

Acceso: Modelo 390 en la Sede Electrónica

4. Declaración de la Renta (Modelo 100)

Declaración anual del IRPF donde deberás incluir los rendimientos de tu actividad económica junto con el resto de tus ingresos (trabajo, patrimonio, etc.).

Como autónomo, tendrás que rellenar el apartado de actividades económicas, detallando ingresos, gastos deducibles y rendimiento neto.

Acceso: Modelo 100 en la Sede Electrónica

5. Declaración anual de operaciones con terceros (Modelo 347)

Declaración informativa para operaciones con clientes o proveedores que superen los 3.005,06€ anuales. Debes presentarla si tu volumen total de operaciones supera esta cantidad.

Acceso: Modelo 347 en la Sede Electrónica

6. Retenciones IRPF (Modelo 111/115)

Si contratas a profesionales (111) o alquilas un local (115), deberás retener un porcentaje del IRPF y presentar esta declaración trimestralmente.

  • Modelo 111: Retenciones por rendimientos del trabajo y actividades profesionales.
  • Modelo 115: Retenciones por arrendamiento de inmuebles urbanos.

Acceso: Modelo 111 en la Sede Electrónica

Calendario fiscal para autónomos

1er Trimestre

Del 1 al 20 de abril:

  • • Modelo 130/131 (IRPF)
  • • Modelo 303 (IVA)
  • • Modelo 111/115 (Retenciones)

Febrero:

  • • Modelo 347 (Op. terceros)

2º Trimestre

Del 1 al 20 de julio:

  • • Modelo 130/131 (IRPF)
  • • Modelo 303 (IVA)
  • • Modelo 111/115 (Retenciones)

Abril - Junio:

  • • Modelo 100 (IRPF anual)

3er Trimestre

Del 1 al 20 de octubre:

  • • Modelo 130/131 (IRPF)
  • • Modelo 303 (IVA)
  • • Modelo 111/115 (Retenciones)

4º Trimestre

Del 1 al 20 de enero:

  • • Modelo 130/131 (IRPF)
  • • Modelo 303 (IVA)
  • • Modelo 111/115 (Retenciones)

Del 1 al 30 de enero:

  • • Modelo 390 (Resumen IVA)
  • • Modelo 190 (Resumen retenciones)

Obligaciones formales adicionales

Libros registro obligatorios

Además de las declaraciones, debes llevar estos libros registro:

  • Libro registro de ingresos
  • Libro registro de gastos
  • Libro registro de bienes de inversión (si tienes amortizaciones)
  • Libro registro de provisiones y suplidos (gastos pagados por cuenta del cliente)

Estos libros deben conservarse durante al menos 4 años.

Facturación

Estás obligado a emitir, entregar y conservar facturas por cada operación que realices:

  • Debes incluir todos los datos obligatorios (NIF, número de factura, fecha, descripción, etc.)
  • Deben estar numeradas correlativamente
  • Debes conservarlas durante al menos 5 años

Novedad 2025: La facturación electrónica será obligatoria para todos los autónomos en sus relaciones B2B a partir de este año.

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Sanciones por incumplimiento

Las consecuencias de no cumplir con tus obligaciones fiscales pueden ser graves:

Presentación fuera de plazo

Recargo del 1% al 20% según el retraso, más intereses de demora.

Declaración incorrecta

Sanciones del 50% al 150% de la cantidad no declarada.

No llevar libros

Multas de 150€ a 6.000€ según la gravedad.

Recursos oficiales

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